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No hay subvenciones para los morosos

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El 19 de octubre de 2022 se produjo un cambio significativo en el sistema de subvenciones en España. Se estableció como requisito cumplir con los plazos de pago a proveedores para poder beneficiarse de cualquier tipo de subvención.

Este requisito es aplicable únicamente a las ayudas cuyo importe supere los 30.000 euros. Si una bodega solicita una ayuda de 50.000 euros y se le otorga un porcentaje de ayuda del 50%, recibirá un máximo de 25.000 euros, por lo que no será necesario cumplir con la Ley 3/2004, de 29 de diciembre (modificada por la Ley 05/2010 de 5 de julio) . Sin embargo, si la ayuda solicitada es de 65.000 euros y se concede un porcentaje de ayuda del 50%, el máximo a recibir será de 32.500 euros, lo que requerirá cumplir y justificar el cumplimiento de la misma.

Esta modificación afecta a empresas de todos los sectores económicos, no solo a las bodegas y empresas del sector vitivinícola.

El cumplimiento de la Ley de Pagos se logra de la siguiente manera:

  • En caso de que el contrato no establezca un plazo de pago específico, las empresas deben realizar el pago en un plazo máximo de 30 días naturales después de recibir los bienes o servicios. Esto debe cumplirse, incluso si la factura se recibió anteriormente.
  • Si los bienes o servicios requieren verificación para su conformidad, este proceso no puede durar más de 30 días. El plazo de pago comenzará después de que se haya realizado la verificación.
  • Los plazos de pago acordados no pueden exceder los 60 días naturales.

En el caso de las cooperativas, se aplican los mismos plazos de pago a proveedores, pero se excluye el período de pago de la uva a los socios cooperativistas, que no se considera al evaluar el cumplimiento de la ley de pago a proveedores.

Para justificar el cumplimiento de la ley, existen dos opciones:

  1. Las personas físicas y jurídicas pueden presentar una cuenta de pérdidas y ganancias abreviada. Esto lo hará mediante una declaración responsable emitida por el órgano de administración, afirmando que cumplen con los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
  2. Las personas jurídicas que no pueden presentar una cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, deben obtener una certificación emitida por un auditor registrado en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. Esta debe detallar la información sobre los pagos descritos en la memoria de las últimas cuentas anuales auditadas. Si no es posible obtener dicha certificación, se puede presentar un «Informe de Procedimientos Acordados» elaborado por un auditor registrado, con una validez de 6 meses.

Actualmente, se justifica el cumplimiento de la ley al solicitar la subvención, pero se está considerando una modificación legislativa que requeriría el cumplimiento de los plazos de pago en un período de 10 días hábiles, a partir de la notificación de la propuesta de resolución provisional de la subvención.

La modificación en las subvenciones y el cumplimiento de la Ley de Pagos tiene un impacto significativo en las bodegas. La principal consecuencia es la posible pérdida de las subvenciones. Y estas se han convertido en una fuente de financiación alternativa para las operaciones de las bodegas españolas.

Además, el incumplimiento generalizado de la ley crea un desajuste en el flujo de caja de las bodegas al intentar poner al día los pagos a proveedores. Aunque deben realizar pagos en 30 ó 60 días, es probable que los cobros de posibles clientes con mayor poder negociador se retrasen sistemáticamente. Este desequilibrio entre los cobros y los pagos puede generar una tensión de tesorería.

Esta medida, implementada de forma repentina y sin un periodo transitorio, puede tener un impacto drástico en numerosas empresas, incluyendo las bodegas, las cuales enfrentarán dificultades a corto plazo para regularizar la situación.

Algunas posibles medidas a tomar para las bodegas son las siguientes:

  • Negociar con clientes y proveedores para ajustar los plazos de cobro y pago, de manera que se pueda regularizar el flujo de caja en la medida de lo posible.
  • Cumplir estrictamente con el plazo de pago de 30 días para cualquier tipo de factura.
  • En caso de existir acuerdos diferentes con proveedores, exigir que en la factura se indique claramente que el vencimiento del pago es a 60 días.
  • Para cumplir con la ley de pagos, es fundamental pagar todas las facturas a tiempo. Sin embargo, hasta que la situación se regularice, es importante enfocarse en que el periodo medio de pago a proveedores de todas las facturas sea inferior a 60 días en primera instancia y, posteriormente, inferior a 30 días.

Estas medidas pueden ayudar a las bodegas a cumplir con los requisitos de la ley y a estabilizar su situación financiera en medio de los desafíos ocasionados por la modificación en las subvenciones y los plazos de pago.

Fuente: EXITALIA

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