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La nueva regulación de la OCM del vino

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El pasado día 26 se publicó el Real Decreto 905/2022 que regula, entre otras cuestiones, la nueva Promoción del Vino en Terceros Países u OCM del vino y el marco legal de estas ayudas europeas para las campañas OCM 2023, 2024, 2025 y 2026.

1.- Nuevas fechas de la OCM.

Las acciones promocionales se realizarán desde el 1 de enero de cada año al 31 de diciembre de ese mismo año.

  • La OCM 2023. Las acciones se solicitarán hasta el 14 de enero de 2023, ejecutará del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2023. Debido a que es más corta de lo habitual se justificará del 1 de enero al 14 de febrero de 2024.
  • La OCM 2024. El programa a ejecutar se solicitará hasta el 14 de septiembre del año anterior y la solicitud de pago se realizará entre el 1 de enero y el 14 de febrero del año siguiente.
  • La OCM 2024. Asimismo se solicitará hasta el 14 de septiembre de 2023, se ejecutará entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 y se solicitará el pago del programa entre el 1 de enero y el 14 de febrero de 2025.

2.- Gastos salariales.

Los gastos salariales se incrementan del 13 al 20%. Es decir, un aumento del 53% que beneficiará mucho a las bodegas.

3.- Clasificación de países.

Seguirán categorizados por los grupos 1, 2 y 3.  Serán las comunidades autónomas las que en las respectivas Órdenes que vayan publicando desarrollando este Real Decreto, puedan establecer categorías por grupos de países, según su interés como destino de las acciones promocionales.

4.- Puntuación de los programas.

Las comunidades autónomas  podrán establecer sus propios criterios, decidiendo sobre 50 de los 100 puntos totales. Esta será la base para asignar el porcentaje de ayuda que recibirá cada bodega.

5.- Tipos de vino subvencionables.

Pueden ser incluidos en el plan de promoción:

  • Vino
  • De licor
  • Espumoso
  • De uvas pasificadas
  • De aguja
  • Espumoso de calidad
  • De uvas sobremaduradas
  • Espumoso aromático de calidad
  • De aguja gasificado
  • Ecológicos
  • Desalcoholizados
  • Parcialmente desalcoholizados ( novedades respecto a la OCM anterior).

6.- Material promocional.

A partir de la OCM 23 será obligatorio poner el emblema de la Unión Europea y la siguiente declaración: «Financiado por la Unión Europea».

Información cedida por EXITALIA

Más información: BOE

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