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Contratos-tipo de compraventa de uva y vino: herramientas para la transparencia

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El Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado el 27 de julio las órdenes ministeriales por las que se homologan los contratos-tipo de compraventa de uva con destino a su transformación en vino, y de compraventa de vino, para las campañas 2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027. 

Los contratos, realizados a propuesta de la Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE), tienen como objetivo mejorar el funcionamiento, la estabilidad y la transparencia de la cadena de valor vitivinícola. Aunque son de carácter voluntario, desde OIVE se recomienda su utilización a los operadores del sector. 

Ambos modelos son adaptables para ser utilizados con todas las tipologías y orígenes (con o sin DOP/IGP) tanto de uva destinada a su transformación en vino, como de vino, y permiten estipular libremente a las partes los criterios de calidad exigidos al producto que conformarán el precio. Además, recogen todos los aspectos exigibles en la legislación vigente en materia de contratación agroalimentaria. 

El uso de contratos homologados para un mejor funcionamiento del sector 

La Interprofesional del Vino de España lleva desde 2019 promoviendo estos contratos tipo homologados y constituyen una referencia en el sector vitivinícola español, que busca un mejor funcionamiento y la transparencia a lo largo de la cadena de valor.  

Su posible vigencia por tres campañas vitivinícolas aspira a dotar a los operadores y al sector con una herramienta que favorezca la estabilidad desde todos los puntos de vista, y tanto a nivel individual como agregado del sector. 

Además de servir de modelo a los operadores para sus transacciones, si son registrados, ofrecen un mecanismo para la resolución de controversias. El registro se realiza ante un organismo independiente designado (Tragsatec) para asegurar la privacidad de los datos.

Los contratos registrados, en caso de controversia entre las partes, cuentan con una Comisión de Seguimiento de Contratos habilitada en el seno de OIVE, para el control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento y propuesta de soluciones de los contratos, si aparecen discrepancias. Además, el registro permite la obtención de información de gran valor con los datos agregados del conjunto operaciones, cuyo conocimiento redunda en un beneficio conjunto para todo el sector. Desde agosto de 2019 se han registrado 325 contratos. 

Contratos homologados adaptados a la Ley de la Cadena Alimentaria 

Los contratos-tipo de compraventa de uva con destino a su transformación en vino y contrato-tipo de compraventa de vino se homologaron de conformidad con los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios, y cumpliendo las características establecidas en el artículo 9 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. 

Los modelos de contrato se han promovido por OIVE desde el año 2015, en un principio para la compraventa de uva de vinificación. En 2019 se homologó ante el MAPA el primer contrato tipo para la compraventa de uva con destino a su transformación en vino y en 2020 se homologan además del de compraventa de uva, el de compraventa de vino. En 2021 ambos modelos de contrato se aprobaron con posibilidad de tener carácter plurianual. 

Ante la inminente vendimia, desde la Interprofesional del Vino de España se espera que los operadores utilicen dichos contratos que favorecen la transparencia en las operaciones y, por lo tanto, mejoran el funcionamiento y la estabilidad de la cadena de valor vitivinícola. 

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