La DOP Valencia estrena la mención de ‘Vino de Parcela’ en su etiquetado, un salto de calidad hacia la singularidad

La Denominación de Origen Protegida (DOP) Valencia da un paso histórico al aprobar su nueva mención de ‘Vino de Parcela’, una figura que premia y distingue a aquellos vinos que, además de su origen, expresan la identidad única de un terruño específico. Esta innovación refuerza el compromiso de la denominación con la calidad, la sostenibilidad y la autenticidad.
Valencia, 4 de septiembre de 2025. El pleno del Consejo Regulador de la DOP Valencia ha dado luz verde a una modificación de su reglamento que incorpora una de las figuras más prestigiosas y significativas dentro del mundo del vino: el ‘Vino de Parcela’. Esta nueva mención, que ya aparece en las etiquetas de las bodegas pioneras, no es solo un añadido textual, sino el reflejo de un minucioso trabajo de selección y un profundo respeto por el territorio.
¿Qué define exactamente un ‘Vino de Parcela’?
No cualquier viñedo puede aspirar a esta distinción. El reglamento establece unos requisitos estrictos diseñados para garantizar que solo los vinos que realmente encapsulan el terroir de un lugar concreto puedan portar esta mención. Los criterios fundamentales son:
1. Delimitación Geográfica Precisa: La «parcela» debe estar claramente delimitada y registrada en el SIGE (Sistema de Información Geográfica), con una superficie máxima de 5 hectáreas. Esto asegura que el vino proviene de un micro-terruño muy específico y no de una zona amplia.
2. Suelo y Clima Homogéneos: La parcela debe presentar una homogeneidad edafológica (tipo de suelo) y de condiciones microclimáticas, factores clave que imprimen carácter único al vino.
3. Vidueño, Edad y Sistema de Conducción: Las vides deben ser de la misma variedad, tener una edad mínima de 15 años y contar con un sistema de conducción uniforme. Esto garantiza una maduración homogénea y una calidad constante.
4. Máximo Rendimiento y Graduación Alcohólica: Se establecen rendimientos máximos más restrictivos que los de la DOP general y una graduación alcohólica mínima natural elevada, lo que apunta a uvas muy maduras y concentradas.
5. Vinificación y Trazabilidad Separada: La uva de la parcela designada debe vendimiarse y vinificarse de forma completamente separada e independiente del resto. La trazabilidad, desde la cepa hasta la botella, debe ser impecable y auditable.
6. Calificación Organoléptica Superior: El vino final debe superar con éxito una cata específica por parte del comité de cata de la DOP, que evaluará su calidad excepcional y su tipicidad.
Un reconocimiento al trabajo de las bodegas y al valor del territorio
La implementación de esta mención es una respuesta a la creciente demanda de los consumidores, que buscan vinos con personalidad, historias que contar y un origen transparente. Para las bodegas, es una oportunidad de destacar sus mejores trabajos y poner en valor el esfuerzo de viticultores que durante años han cuidado viñedos excepcionales.
Se ha destacado que «esta nueva mención es un paso más en la apuesta por la máxima calidad y la singularidad. Permite a las bodegas más innovadoras identificar y comunicar el valor de sus viñedos más emblemáticos, aquellos que por sus características únicas son capaces de producir vinos con una personalidad irrepetible.
Pioneros en la nueva era
Bodegas como Vinessens y Celler del Roure se encuentran entre las primeras en lanzar vinos con esta mención. Sus etiquetas ya incluyen el sello ‘Vino de Parcela’, acompañado del nombre concreto de la finca de origen (por ejemplo, «Vino de Parcela Micalet» o «Vino de Parcela Les Pedrisses»), ofreciendo al consumidor una información detallada y un viaje directo al corazón de un viñedo

Redacción La Gaceta del Vino
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