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Nueva segmentación y zonificación de la DO Cava

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Nueva zonificación de la DO Cava

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación da luz verde, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.), a la nueva normativa de la D.O. Cava para poner en valor su territorio, y que podrá verse reflejado en sus botellas a partir de enero de 2022.

La nueva normativa es fruto del nuevo plan estratégico aprobado por unanimidad por parte del pleno del Consejo Regulador. Su presidente, Javier Pagés, afirma que “se ha apostado por la máxima trazabilidad y calidad” y, asegura, “es el reglamento más exigente del mundo entre los espumosos de calidad con denominación de origen elaborados bajo el estricto método tradicional”. Una actualización que quiere situar a la D.O. Cava “a la vanguardia de las denominaciones de origen de vinos espumosos de calidad”.

La nueva categorización de producto por segmentos y zonas, que se aplicará a las 38.000 hectáreas de viña, más de 6.800 viticultores y 370 bodegas que conforman la denominación,  promete dotar al consumidor de información sobre el producto y poner en valor el trabajo de los viticultores y bodegueros.

Nuevas categorías: Cavas de Guarda y Cavas de Guarda Superior

El cava con más de nueve meses de crianza se denominará a partir de ahora como Cava de Guarda y, a los de 18 meses, Cava de Guarda Superior. Los Cavas Reserva, ahora, pasarán de 15 a 18 meses de crianza.

La nueva normativa implica, además, que la elaboración de los Cavas de Guarda Superior serán 100% ecológica en 2025. En esta categoría de largas crianzas se englobarían los Cavas Reserva (mínimo de 18 meses de crianza), Gran Reserva (mínimo de 30 meses de crianza) y Cavas de Paraje Calificado (fruto de un paraje especial y con un mínimo de 36 meses de crianza).

Los Cavas de Guarda Superior se elaborarán con uvas procedentes de viñedos inscritos en Registro específico de Guarda Superior del Consejo Regulador, que deberán cumplir los siguientes requisitos: viñas como mínimo de 10 años, viñas ecológicas (5 años de transitoriedad), viñas con rendimientos cualitativos específicos de máximo 10.000Kg / ha, elaboración por separado (trazabilidad desde la viña a la botella por separado), tiraje a partir de enero,  constancia de la añada en etiquetado y producto ecológico (5 años de transitoriedad).

Niveles de la zonificación D.O. Cava

En la nueva normativa se han establecido dos niveles de zonificación (zona y subzona), en función de las características climáticas, orográficas, históricas o humanas específicas, y que se entiende que aportan una identidad propia.

El mapa se compondría por la zona de Comtats de Barcelona para englobar a los Cavas de la región de Cataluña (con las subzonas Valls d’Anoia-Foix; Serra de mar; Conca del Gaia; Serra de Prades i Pla de Ponent), del Valle del Ebro (con las subzonas Alto Ebro y Valle del Cierzo), de Viñedos de Almendralejo y de Levante (pendiente de decidir su nomenclatura definitiva).

Además, con la nueva normativa se ha creado un distintivo voluntario de elaborador integral para aquellas bodegas que prensan y vinifican el 100% de sus productos.

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