Rioja introduce novedades para el etiquetado y reduce los tiempos en barrica para blancos y rosados
El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja, en su último pleno, ha introducido novedades para mejorar la información sobre los vinos en su etiquetado, para dotar de un mayor valor añadido al vino y comunicar mejor su contenido. Y, por otro lado, ha reducido los tiempos mínimos de barrica para considerar crianza a los vinos blancos y rosados. Dos decisiones que buscan conectar mejor con las demandas del mercado.
Nuevos términos para definir a los vinos mediante sus etiquetas
Los nuevos términos regulados que los vinos de la DOCa Rioja podrán lucir en sus etiquetas “son el fruto de una línea de trabajo desarrollado por la Comisión de Reglamento del Consejo Regulador quien se compromete a llevar a cabo una revisión de carácter semestral para la inclusión o desarrollo de las menciones”, según explican desde el Consejo. Además, estas medidas se suman a otras similares tomadas en otras denominaciones como DO Bierzo, DO Campo de Borja o DOCa Priorat para aportar un mayor valor añadido a sus vinos y hacer honor a su origen y contenido.
Los nuevos términos son:
Vinos ‘madurados en bodega’: esta nueva expresión no podrá utilizarse en combinación con dibujos, expresiones o menciones relativas a la barrica, roble o madera y tampoco cabrá el uso de expresiones relativas a 'envejecido' o 'aged'.
‘Ediciones o colecciones seleccionadas y limitadas’: esta figura deberá comunicar en qué consiste la colección, selección o edición, así como el volumen total del lote. La inclusión será potestativa.
‘Viñas viejas, centenarias o prefiloxéricas': estas menciones podrán utilizarse siempre y cuando se acredite una edad mínima de 35 en viejas, de 100 años en centenarias, y ser anteriores a 1900 en el caso de las prefiloxéricas; en todas ellas, el vino deberá ser elaborado con, al menos, el 90% de la uva procedente de dichos viñedos. Esta es una mención que ya se ha demandado en otros territorios vitivinícolas españoles, por el valor añadido que suponen, al ser un argumento de venta más, por su rareza.
‘Viñedos de altura’: este requisito deberá acreditar por trazabilidad que la altura mínima del viñedo es de 550 metros sobre el nivel del mar. El vino deberá ser elaborado con, al menos, el 90% de la uva procedente de dichos viñedos.
‘Viñedos en propiedad’: el vino que así lo desee deberá acreditar que procede de viñedos de propiedad de la bodega – o grupo empresarial que ostenta la titularidad de las instalaciones – o disponer en exclusiva de cualquier título jurídico válido que acredite que la producción resultante sea por un periodo mínimo de 10 años de forma ininterrumpida. El 90% de la uva procederá de dichos viñedos.
'Embotellados en la propiedad’: se podrá utilizar esta expresión únicamente cuando la marca sea propiedad de la bodega o grupo empresarial que ostenta la titularidad de las instalaciones.
'Nuevas elaboraciones con lías, hormigón o tinajas de barro’: estas menciones de elaboración se podrán utilizar cuando, por trazabilidad, se demuestre que el vino ha sido elaborado de dicha forma. En esta categoría se excluye la expresión 'madurado'.
El presidente del Consejo Regulador, Fernando Salamero, afirma que "desde ahora, y de una manera ordenada, las bodegas podrán dotar a sus etiquetas de información adicional mediante estas nuevas referencias expresas que se podrán utilizar únicamente cuando por trazabilidad se demuestre que el vino ha sido elaborado de dicha forma o empleando dichas técnicas, asegurando así la transparencia y veracidad que caracterizan a Rioja".
Además, de cara al resto de información de la etiqueta:
- El término cosecha deberá acompañarse siempre con la añada.
- Toda expresión registrada no podrá destacar sobre el signo distintivo exclusivo de la marca ni sobre el nombre de la Denominación ni el término tradicional que la acompaña debajo.
- No se consideran menciones aquellos términos que hagan referencia a las cualidades organolépticas del vino
- Las condiciones edafológicas podrán ser mencionadas en las leyendas en contraetiquetas informativas.
Crianzas para blancos y rosados
Por otro lado, en el mismo pleno se ratificó un acortamiento del envejecimiento en barrica para los vinos blancos y rosados. Ahora, para poder utilizar el término “crianza” en blancos y rosados deberá pasar por lo menos 6 meses, en lugar de un año, lo que adelanta su salida al mercado, coincidiendo con los meses de primavera donde se incrementa el consumo de este tipo de vinos. Estos vinos se someterán al sistema tradicional mixto de envejecimiento en barrica de roble de 225 litros de capacidad aproximadamente, de forma continuada y sin interrupción durante seis meses, como mínimo, seguido y complementado con envejecimiento en botella.
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