Contratos tipo homologados de compra-venta de uva y vino para la campaña 2021/22
La Organización Interprofesional del vino de España pone a disposición de todos los operadores el contrato tipo homologado de compraventa de uva con destino a transformación de vino, así como el contrato tipo homologado de vino, tras la publicación de las órdenes APA/804/2021 y APA/805/2021 el 28 de julio el BOE, por las que el Ministerio de Agricultura reconoce la homologación de ambos contratos.
El objetivo de estos contratos, tal y como expone la OIVE, es mejorar el funcionamiento de las transacciones en el sector vitivinícola y son de carácter voluntario, aunque desde la interprofesional se recomienda su uso. Ambos modelos recogen todas las tipologías y orígenes (con o sin DOP/IGP) tanto en el caso del contrato de uva como de vino.
La novedad de este año es que los contratos tendrán carácter plurianual, ofreciendo así la posibilidad de ampliar su vigencia para las tres próximas campañas (2021-22/ 2022-23/2023-24), de forma que se espera que den mayor estabilidad a los operadores y al conjunto del sector.
Estos contratos permitirán también estipular libremente a las partes los criterios de calidad exigidos al producto que conformarán el precio y recogen todos los aspectos exigibles en la legislación vigente en materia de contratación agroalimentaria.
La diferencia frente a otros contratos mercantiles privados es que contienen una cláusula de control, seguimiento y vigilancia de su cumplimiento, cuya tarea recae sobre la Comisión de Seguimiento de Contratos constituida a tal efecto en el seno de OIVE. Por tanto, los operadores que se acojan a este tipo de contrato dispondrán de un mecanismo para la resolución de discrepancias entre las partes.
Con su uso, además, se espera recopilar información sobre las transacciones que, se espera, contribuirá a una mejora en la información del sector.
Redacción La Gaceta del Vino
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